Asimismo, el Ministerio de Educación ha determinado que solo podrá percibirse una de las asignaciones establecidas en los artículos 17 y 18 de la ley 19.933, es decir, los docentes y/o directivos podrán ser beneficiarios de AVDI, AEP o de ADECO, a excepción de:
a) Aquellos que acrediten cumplir ambas funciones, para lo cual tendrán que presentar documentación contractual (Decreto o contrato de trabajo) que indique claramente función y desglose de horas, las que no podrán exceder jornada de 44 horas.
b) Los docentes y/o directivos que se desempeñen en RBD distintos, igualmente tendrán que respaldar sus antecedentes con documentación contractual (decreto o contrato de trabajo) indicando claramente función desempeñada y horas destinadas.
Lo señalado anteriormente, también resulta aplicable para los beneficiarios ADECO que habiéndose acreditado para percibir la Asignación de Excelencia Pedagógica, mantienen la vigencia de dicho beneficio a la fecha de pago de su Asignación de Desempeño Colectivo
Los antecedentes, que a expresa solicitud del CPEIP sean solicitados, deben enviarse por el Sostenedor a: Camino Nido de Águilas, 14.557, Comuna Lo Barnechea, Santiago, junto a una minuta conductora, que cuente al menos con la siguiente información:
-Año Convenio
-Región Establecimiento
-Comuna Establecimiento
-RBD
-Digito verificador RBD
-Nombre del establecimiento
-Nivel de enseñanza establecimiento
-Rut sujeto (sin dv)
-Dígito verificador Rut Sujeto
-Apellido Paterno
-Apellido Materno
-Nombres
-Cargo
-Información de contacto (Nombre, teléfono, correo electrónico)
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