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Suscripción de Convenios> Pasos para la Suscripción |
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Pasos para la Suscripción
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Para iniciar el proceso de postulación a la Asignación de Desempeño, el equipo directivo requiere elaborar y acordar una propuesta de Convenio de Desempeño que contenga un Objetivo y Metas Institucionales relacionadas con los ámbitos de la gestión escolar, descritos en el Sistema de Aseguramiento de la Calidad Escolar.
Es primordial que, antes de diseñar el convenio, los docentes directivos y técnico-pedagógicos realicen un proceso de revisión de las prácticas de gestión y los resultados de aprendizaje, históricos y actuales, internos (promedios escolares) y externos (resultados en las pruebas nacionales; SIMCE y PSU) obtenidos por los estudiantes del establecimiento, verificando la coherencia entre ellos y la existencia de posibles tendencias más o menos permanentes en el tiempo.
Las escuelas y liceos que hayan realizado un diagnóstico institucional (de la SEP u otro), podrán utilizar dicha información y experiencia para reconocer las principales limitaciones y debilidades de las prácticas de gestión del establecimiento y, consecuentemente, formular Objetivos y Metas Institucionales orientados al mejoramiento de la gestión a la con foco en la superación de los aprendizajes de todos los estudiantes.
Junto con formular objetivos y metas, se debe estipular los indicadores y medios de verificación que permitirán medir, monitorear y evaluar el nivel de logro del Convenio de Desempeño.
Importante: Todo este proceso se realiza a través de la página web: www.gestionyliderazgoeducativo.cl |
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Cuando la propuesta de convenio ha sido elaborada y acordada por todos los integrantes del equipo, esta debe ser presentada al Sostenedor del establecimiento educacional vía web, para su revisión.
En la primera instancia de revisión, el Sostenedor podrá emitir observaciones y sugerencias a la propuesta de Convenio; el Equipo Directivo, deberá reflexionar respecto de ellas y realizar las modificaciones que sean necesarias, estableciendo un Convenio de mutuo acuerdo con el sostenedor.
En segunda instancia, el sostenedor revisa, las modificaciones realizadas por el equipo directivo y técnico pedagógico y acepta o rechaza la propuesta de convenio.
De esta manera, el Sostenedor cumple un rol fundamental en el proceso de formulación de los Convenios, tanto mediante la verificación de los requisitos y formalidades legales, como para asegurar la calidad y factibilidad de las metas propuestas y su coherencia con las políticas comunales de educación.
Para ello el Sostenedor deberá establecer canales expeditos de comunicación con los directivos, que les permitan llegar a consensos respecto de los Objetivos y Metas Institucionales que serán finalmente incorporados en el Convenio.
La tarea del Sostenedor, según el Decreto 176, requiere un compromiso activo con la implementación del Convenio, mediante la provisión de los recursos necesarios y el desarrollo de los mecanismos o sistemas de monitoreo y seguimiento de las acciones comprometidas.
Por otra parte, es primordial considerar que en una segunda instancia de revisión, el Sostenedor está facultado, por ley, para rechazar aquellas propuestas de Convenios que no sean corregidas o reformulados en los aspectos deficitarios detectados, según las observaciones realizadas por él con anterioridad. |
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Además de la contribución del Sostenedor en la formulación de los Convenios de Desempeño Colectivo, se involucra en esta etapa a las autoridades nacionales de educación, representadas por los respectivos Departamentos Provinciales de Educación (DEPROV). Mediante su intervención, no sólo se asegura que los Convenios cumplan con las formalidades y los requisitos técnicos exigidos por la legislación, sino, principalmente, que ellos se orienten al cumplimiento de los objetivos de las políticas nacionales de educación.
Los encargados de la DEPROV, pueden realizar observaciones y recomendaciones de forma y contenido a los convenios, procurando aportar sugerencias y observaciones en torno a la calidad de las metas suscritas y a la pertinencia de los indicadores y medios de verificación propuestos. (Estas observaciones deben ser consideradas por los Equipos Directivos y reformular el Convenio)
En el marco del proceso de Asignación de Desempeño Colectivo, los Departamentos Provinciales de Educación, tienen la tarea de validar o rechazar las propuestas que hayan sido aceptadas por los Sostenedores.).
Al igual que los Sostenedores, los Departamentos Provinciales de Educación están facultados para rechazar, en una segunda instancia de revisión, las propuestas de convenios que no cumplan con las consideraciones técnicas y legales establecidas en el reglamento vigente, de tal forma que dicho convenio no procederá a ser suscrito
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Una vez aprobado el Convenio de Desempeño por el Sostenedor y el Departamento Provincial de Educación, el Director deberá exponer su contenido a los docentes, estudiantes, padres y apoderados, y en general, a toda la Comunidad Escolar. Si la exposición de los contenidos del convenio se hiciere ante el Consejo Escolar se requiere la certificación de la toma de conocimiento de cada uno de los actores representados en dicha instancia.
Es recomendable que esta presentación se realice en un acto formal del establecimiento, asegurándose la asistencia de los representantes de cada uno de los estamentos del establecimiento. De esta manera, el Convenio adquiere carácter público y los directivos y técnico-pedagógicos que lo han suscrito, se comprometan a su cumplimiento frente a los miembros de la comunidad escolar y lo constituyan en un foco fundamental de su gestión.
Los Convenios de Desempeño suscritos por los equipos directivos de los establecimientos educacionales del sector municipal, requieren adicionalmente ser informados por el Sostenedor al Consejo Municipal. Es necesario que se levante el correspondiente certificado o acta de la toma de conocimiento por parte de los representantes de los actores educativos.
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Centro de Perfeccionamiento,
Experimentación e Investigaciones Pedagógicas
Área de Liderazgo para el Desarrollo Profesional
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